La justicia de Salto absuelve a tres funcionarios en un caso que pone en relieve la importancia de las pruebas sobre las acusaciones.
Un fallo judicial en Salto absuelve a tres funcionarios municipales acusados por Patricia Spinelli, sentando un precedente en casos de difamación.
Por Gonzalo Sualina
Periodista
Tras conocerse el tamaño del expediente, que el juez Paulo Aguirre se tomó el trabajo de analizar meticulosamente antes de emitir la sentencia. En esta revisión, se determinó que no había fundamentos sólidos para las acusaciones de Spinelli, llevando a un primer sobreseimiento y luego a una resolución definitiva de inocencia.
La prueba presentada por los defensores de los acusados no solo era contundente sino reveladora. Incluía declaraciones de varios funcionarios que habían sido maltratados por Spinelli o que habían sido testigos de irregularidades, como la emisión de documentos oficiales sin el cobro correspondiente. Estos testimonios pintaban un cuadro muy diferente del que Spinelli había intentado presentar, mostrando sus prácticas cuestionables más que cualquier supuesta difamación por parte de los acusados.
Patricia Spinelli (a la derecha) junto a su abogada. |
La situación se complicó aún más cuando se detalló cómo debería operar el servicio de casamientos a distancia. En caso de inconvenientes como un vehículo averiado, se espera que la intendencia provea una solución, como enviar otro vehículo con chofer, para garantizar el servicio. La intendencia luego puede cobrar a los contrayentes por el traslado, pero siempre dentro de un marco oficial y transparente, no mediante pagos privados a una cuenta personal.
Este caso no solo culminó en la absolución de los funcionarios municipales, sino que también dejó a Spinelli expuesta a un escrutinio más profundo. Lo que inicialmente se presentó como un caso de difamación se transformó en una ventana a prácticas administrativas dudosas, llevando a preguntarse sobre la necesidad de una revisión más amplia de cómo se manejan ciertos procedimientos dentro de la municipalidad.