Policiales y judiciales
Revierten decisión de considerar ilegal detención a un hombre que se escapó del control policial
El hombre fue capturado después de huir con un arma en su bolso. La Corte de Apelaciones revocó la decisión del juzgado de primera instancia de Tacuarembó.

El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 1º Turno revocó la decisión del Juzgado de Instrucción de Tacuarembó, que había fallado por la detención ilegal de una persona que se fugó de un retén policial y fue detenida con un arma en el bolsillo.
Según la acusación, a petición de la defensa, el juez de instrucción entendió que no se trataba de un caso de flagrancia porque los policías desconocían que la persona portaba un arma, entre otros argumentos. Por lo tanto, la Fiscalía Letrada de Tacuarembó de 2º Turno, representada por el Dr. Adjunto Rodrigo Goncalvez, apeló en este caso.
En su sentencia emitida el 31 de mayo, el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 1º Turno coincidió con la fiscalía y sostuvo que las detenciones fueron «totalmente congruentes con la práctica de la Ley de Procedimiento Policial» porque los agentes habían demostrado «responsabilidad y competencia, en la misión de prevención del delito».
Revierten decisión de considerar ilegal detención a un hombre que se escapó del control policial
Según la Sentencia N.º 343/2022, de 21 de febrero, el imputado “después de ingerir alcohol, condujo una moto o ciclomotor sin faros, sin casco, y portaba una pistola (que resultó ser robada) en una mochila. ”
Y agregó: “En estas circunstancias, se percató de un carro policial haciendo un recorrido de rutina, por lo que rápidamente escapó a pie”.
“Su reacción llamó la atención de la dotación del patrullero, por lo que luego de una breve persecución lo alcanzan y en la tarea de individualizarlo y realizar el control de sus pertenencias, se percatan que transportaba en una mochila o bolso un arma de fuego sin el permiso correspondiente”, continúa el relato.
En este caso, la Sala, integrada por los ministros Sergio Torres y Alberto Reyes, discrepó del juez de instrucción y de la defensa, pues consideró que ni siquiera existía argumento alguno de que la detención pudiera ser considerada ilegal.
Según el tribunal, el comportamiento de la persona estuvo «lejos de lo que es normal o esperado para un ciudadano común» y, por lo tanto, «la identificación de él y el eventual registro de sus pertenencias está, sin dudas, determinado por las circunstancias impuestas por el marco legal”.
“La ley no exige que el oficial que hace la detención sepa con certeza un delito concreto, específico o determinado que haya cometido el oficial (porque eso sería lo contrario de lo que le sucedería a una persona menor de edad)”, refiere la sentencia.

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